Uno de los mayores desmanes ambientales de España, la minería
a cielo abierto en la comarca de Laciana (León), consentido durante más
de una década por todas las Administraciones, ha recibido un varapalo
en la Unión Europea. El Tribunal de Justicia ha condenado a España por
incumplir las directivas ambientales en las minas de carbón de la zona,
fuertemente subvencionadas por Industria.
En 1998, España designó la comarca como lugar de interés comunitario
(LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves. En esta región
habitan osos pardos y urogallos cantábricos, entre otras especies
amenazadas. Esta protección no impidió a la Junta de Castilla y León ni al Gobierno aprobar y subvencionar las minas.
Las
explotaciones de carbón a cielo abierto horadan la montaña mediante
enormes voladuras y son más rentables que la minería de pozo. En
concreto, estas minas eran de la empresa MSP, hoy Coto Minero Cantábrico,
la mayor beneficiaria de las ayudas de Industria. El Ministerio de
Industria ha defendido la importancia del carbón nacional y las
subvenciones a estas instalaciones, mientras desde Medio Ambiente se
enarbolaba un discurso ecologista.
En 2001, un vecino y la
asociación ecologista Filón Verde llevaron el caso a la Comisión
Europea. Ese mismo año y después en 2004 y 2008, Bruselas advirtió a
España contra esas minas, entre las que se encuentran la polémica de El
Feixolín. Ahora, el fallo del Tribunal de la UE declara que España
incumplió la directiva de impacto ambiental al aprobar, sin una correcta
evaluación sobre el oso y el urogallo, las minas de Nueva Julia y Los
Ladrones.
El Gobierno justificó que las autorizó por la
importancia que tenían para "la economía local", pero el Tribunal
considera que esa excepción valdría si se hubiera alegado antes de
emprender el proyecto y no después, ya que las autorizó "sin medidas
compensatorias necesarias para garantizar la coherencia global de la Red
Natura 2000".
Las minas de El Feixolín,
Salguero-Prégame-Valdesegadas, Fonfría, ampliación de El Feixolín y
Nueva Julia vulneran también directivas ambientales europeas, porque
España no ha hecho nada para evitar el deterioro de los hábitats,
incluidos los de las especies, y las perturbaciones significativas para
el urogallo, ocasionados por las explotaciones, que en ocasiones han
arrasado con el entorno protegido.
El Tribunal destaca que la ampliación de El Feixolín funcionó cuatro años sin permiso pero con conocimiento de las autoridades.
"El
tribunal da un repaso a toda la minería de la zona después de que
España mirara para otro lado durante una década", explica Carlos
González Antón, catedrático de Derecho Administrativo de León y quien
denunció el caso. La condena no implica multa, pero sí un varapalo
enorme, ya que Bruselas no suele llegar al Tribunal en casos ambientales
y menos a conseguir una condena. Sí puede llegar a multa si el Gobierno
y la Junta siguen desoyendo el fallo, además de influir en los
procedimientos judiciales en marcha.
EL PAIS - R.MÉNDEZ -
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