viernes, 25 de noviembre de 2011

CONDENA A ESPAÑA POR EL DESASTRE AMBIENTAL DE LAS MINAS A CIELO ABIERTO DE LEÓN

Uno de los mayores desmanes ambientales de España, la minería a cielo abierto en la comarca de Laciana (León), consentido durante más de una década por todas las Administraciones, ha recibido un varapalo en la Unión Europea. El Tribunal de Justicia ha condenado a España por incumplir las directivas ambientales en las minas de carbón de la zona, fuertemente subvencionadas por Industria.

En 1998, España designó la comarca como lugar de interés comunitario (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves. En esta región habitan osos pardos y urogallos cantábricos, entre otras especies amenazadas. Esta protección no impidió a la Junta de Castilla y León ni al Gobierno aprobar y subvencionar las minas.
Las explotaciones de carbón a cielo abierto horadan la montaña mediante enormes voladuras y son más rentables que la minería de pozo. En concreto, estas minas eran de la empresa MSP, hoy Coto Minero Cantábrico, la mayor beneficiaria de las ayudas de Industria. El Ministerio de Industria ha defendido la importancia del carbón nacional y las subvenciones a estas instalaciones, mientras desde Medio Ambiente se enarbolaba un discurso ecologista.
En 2001, un vecino y la asociación ecologista Filón Verde llevaron el caso a la Comisión Europea. Ese mismo año y después en 2004 y 2008, Bruselas advirtió a España contra esas minas, entre las que se encuentran la polémica de El Feixolín. Ahora, el fallo del Tribunal de la UE declara que España incumplió la directiva de impacto ambiental al aprobar, sin una correcta evaluación sobre el oso y el urogallo, las minas de Nueva Julia y Los Ladrones.
El Gobierno justificó que las autorizó por la importancia que tenían para "la economía local", pero el Tribunal considera que esa excepción valdría si se hubiera alegado antes de emprender el proyecto y no después, ya que las autorizó "sin medidas compensatorias necesarias para garantizar la coherencia global de la Red Natura 2000".
Las minas de El Feixolín, Salguero-Prégame-Valdesegadas, Fonfría, ampliación de El Feixolín y Nueva Julia vulneran también directivas ambientales europeas, porque España no ha hecho nada para evitar el deterioro de los hábitats, incluidos los de las especies, y las perturbaciones significativas para el urogallo, ocasionados por las explotaciones, que en ocasiones han arrasado con el entorno protegido.
El Tribunal destaca que la ampliación de El Feixolín funcionó cuatro años sin permiso pero con conocimiento de las autoridades.
"El tribunal da un repaso a toda la minería de la zona después de que España mirara para otro lado durante una década", explica Carlos González Antón, catedrático de Derecho Administrativo de León y quien denunció el caso. La condena no implica multa, pero sí un varapalo enorme, ya que Bruselas no suele llegar al Tribunal en casos ambientales y menos a conseguir una condena. Sí puede llegar a multa si el Gobierno y la Junta siguen desoyendo el fallo, además de influir en los procedimientos judiciales en marcha.


EL PAIS - R.MÉNDEZ -

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